Viento Ensenada

¿Quién paga los gastos notariales en una compra de preventa en México?

En México, el comprador paga los gastos notariales en una compra de preventa. Esta es la práctica generalizada y aceptada en todo el país: además de los honorarios del notario, el comprador asume el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISABI), los derechos de registro y, en el caso de extranjeros que compran en la costa, los costos de constitución del fideicomiso bancario. El vendedor, por su parte, normalmente cubre el Impuesto Sobre la Renta (ISR) por la ganancia obtenida, si aplica. Entender este reparto de costos te permite presupuestar correctamente y evitar sorpresas al momento del cierre.

A continuación, el desglose completo de quién paga qué y cuánto considerar.

Qué cubren los gastos notariales

El notario público en México no es solo quien firma; es un fedatario que da seguridad jurídica a la operación. Sus funciones incluyen verificar la documentación, calcular y retener impuestos, redactar la escritura e inscribirla en el Registro Público de la Propiedad. Sus honorarios se calculan conforme a un arancel y dependen del valor de la operación.

Los gastos que típicamente paga el comprador incluyen:

Qué paga el vendedor

El vendedor generalmente asume el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre la ganancia de la venta, cuando esta sea gravable. Existen exenciones bajo ciertas condiciones para vendedores que cumplen requisitos específicos de residencia y uso de la propiedad. El notario calcula y retiene este impuesto en la operación.

Cuánto presupuestar

Los gastos de cierre representan un costo adicional al precio de la propiedad y conviene considerarlos como parte del presupuesto total de la compra. Para una compra costera por parte de un extranjero, la suma de ISABI, honorarios notariales, registro y constitución del fideicomiso constituye un porcentaje del valor que debes prever desde el inicio. Pide a tu notario o a tu abogado inmobiliario un estimado por escrito antes de comprometerte, para tener claridad total.

Particularidades de la preventa

En una compra de preventa, los gastos notariales se generan principalmente al momento de la escrituración, que suele ocurrir cuando la propiedad está terminada y se hace la entrega formal. Durante la etapa de preventa pagas el apartado, el enganche y las mensualidades según el esquema pactado, pero la escrituración y sus costos asociados se concretan al final del proceso. Es importante que tu contrato especifique con claridad en qué momento se escritura y quién cubre cada concepto.

El derecho a elegir notario

Como el comprador paga los honorarios notariales, generalmente tiene derecho a elegir al notario. Conviene seleccionar uno con experiencia en compraventas y, sobre todo si eres extranjero, en la constitución de fideicomisos. Un notario con experiencia en operaciones con compradores estadounidenses agiliza el proceso y reduce errores.

Transparencia en el cierre

En desarrollos como Panorama by Viento, en El Sauzal, Ensenada, el proceso de compra contempla la claridad sobre los gastos de cierre desde el inicio. El desarrollo se ubica en el Km 104 de la Carretera Tijuana–Ensenada, a unos 90 minutos de San Diego, y las residencias frente al mar de la torre Panorama, en preventa con solo 40 unidades, parten desde alrededor de medio millón de dólares. La torre Alisio ya está operando junto al hotel City Express Plus.

Si quieres un estimado claro de los gastos notariales y de cierre para tu caso, y conocer el desarrollo en persona, agenda una visita privada. Contáctanos por WhatsApp o a través de nuestra página de contacto y con gusto te detallamos cada costo para que planifiques tu compra con total transparencia.

Preguntas frecuentes

¿El comprador o el vendedor paga al notario?

En México, por costumbre y práctica generalizada, el comprador paga los gastos notariales, el impuesto sobre adquisición de inmuebles (ISABI) y los gastos de registro. El vendedor normalmente cubre el impuesto sobre la ganancia (ISR) si aplica.

¿Cuánto representan los gastos notariales en total?

Los gastos de cierre, que incluyen honorarios del notario, ISABI, registro y, para extranjeros, la constitución del fideicomiso, suelen representar un porcentaje del valor de la propiedad. Conviene presupuestarlos como un costo adicional al precio de compra.

¿Puedo elegir al notario?

El comprador generalmente tiene derecho a elegir al notario, ya que es quien paga sus honorarios. Conviene elegir un notario con experiencia en compraventas y, para extranjeros, en fideicomisos.

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